Desde AEMAF, nos llena de satisfacción comunicaros a todos un caso de uno de nuestros socios que ha acabado de la mejor manera posible. Gracias a su denuncia y el apoyo dado desde la Asociación hemos logrado parar unas continuadas prácticas intrusivas en el cementerio de Tomelloso.
A continuación, os dejamos un relato de los hechos, realizado por nuestro equipo jurídico:
Con fecha 7 de junio de 2016 se remite por AEMAF burofax al Ayuntamiento de Tomelloso en relación a una serie de prácticas realizadas, presuntamente, por personal del cementerio de Tomelloso y contrarias a la ley, tanto por considerarse infracciones tributarias y contrarias al sistema de la Seguridad Social, como por ser prácticas que limitan la libre competencia y que consisten en la prestación de servicios para los que no están habilitados, como es la colocación y retirada de lápidas, inscripciones…así como que por el citado personal, presuntamente se constriñe la libertad de elección de marmolista a los consumidores y usuarios, redirigiéndoles a uno sólo en concreto, difamando y causando descrédito a la reputación de los demás profesionales asociados nuestros, de forma injustificada.
En fecha 21 de junio, se mantuvo una reunión con el concejal del Ayuntamiento de Tomelloso encargado del cementerio municipal, D. José Angel López Navarro y con el arquitecto jefe del área D. Jorge Manuel Pérez Onsurbe en donde se exhibieron los videos y demás documental probatoria de nuestras alegaciones.
En esta semana se les va a facilitar una copia de todo el material probatorio y se va a iniciar por el Ayuntamiento el pertinente expediente disciplinario al respecto. Para el caso de que el Consistorio no pusiera/aplicara los medios legales necesarios para erradicar las prácticas «contra legem» que presuntamente se están realizando en su cementerio municipal, dado que conforme al artículo 3. del Reglamento Regulador del Servicio del Cementerio Municipal, el Ayuntamiento de Tomelloso desarrolla las funciones de inspección y control con carácter general del servicio público del cementerio y que conforme al art. 149.1.18 de la Constitución Española todas las Administraciones Públicas están sometidas a un sistema de responsabilidad, desde AEMAF tendríamos que acudir a los medios que nos arbitra el Derecho para la defensa de nuestros intereses, así como a la prensa, para conocimiento general por la opinión pública.
Esperamos que este caso os anime a denunciar a los que os veis perjudicados por situaciones parecidas.
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